Modelo 369: el modelo del ecommerce

¿Tienes que rellenar el modelo 369, también conocida como la declaración de IVA de los ecommerce (aunque no es exclusivo de ese nicho)? Lo cierto es que es una declaración informativa que se utiliza para reportar el IVA de determinadas operaciones transfronterizas al amparo de los regímenes especiales de IVA previstos para las mismas.

Hablamos del régimen de ventanilla única (OSS), que se aplica desde el 1 de julio de 2021 a los servicios y ventas a distancias a consumidores finales llevados a cabo por empresas o autónomos en otro Estado miembro de la UE, así como a determinadas importaciones de la misma naturaleza.

Por tanto, si tienes un comercio electrónico que vende productos o servicios a otros países de la Unión Europea es probable que puedas utilizar el modelo 369 para declarar el IVA de esas operaciones.

Esto es importante sobre todo para evitar la doble imposición y cumplir con las normativas europeas de IVA, que pueden variar dependiendo del país donde se efectúen las ventas. Asimismo, este modelo de declaración también facilita el cumplimiento de tus obligaciones de IVA en todos los Estados miembros de la UE donde vendas, ya que sólo habrás de registrarte en un solo Estado miembro y sólo deberás presentar una única declaración en dicho Estado por todas tus ventas.

En este artículo, te vamos a explicar todo lo que debes saber sobre este modelo, así como todos los detalles sobre su presentación.

¿Quién tiene que presentar el modelo 369?

Como decíamos, este modelo se utiliza para declarar el IVA de servicios o   ventas a distancia a particulares de otros Estados miembros, siempre que te registres en el régimen especial correspondiente a los mismos.  También se aplica a ciertas importaciones, con la misma finalidad.

Por tanto, deben presentarlo aquellos empresarios o profesionales que estén acogidos a alguno de estos regímenes especiales de IVA y hayan seleccionado España como su Estado miembro de identificación. Esto incluye a:

  • Empresarios o profesionales no establecidos en la UE que estén registrados en España bajo el régimen exterior de la Unión (EUOSS).
  • Empresarios o profesionales establecidos en España bajo el régimen de la Unión (USOS).
  • Empresarios o profesionales en régimen de importación, o los intermediarios que actúan en su nombre (IOSS).

Si tienes que presentarlo, recuerda que puedes acceder a él a través de la página oficial de la AEAT.

¿Cuándo hay que presentar el modelo 369?

El plazo para presentar el modelo 369 varía en función del régimen al que esté acogido el contribuyente:

  • Régimen exterior de la Unión y Régimen de la Unión: Se presenta trimestralmente.
  • Régimen de importación: Se presenta mensualmente.

En ambos casos, la presentación debes hacerla durante el mes natural siguiente al del fin del periodo de declaración. Por ejemplo, si estás obligado a declarar trimestralmente, el plazo de presentación sería hasta el mes siguiente al final del trimestre.

Todo esto está muy bien, pero… ¿cómo se presenta?

¿Cómo se presenta el modelo 369?

Ten en cuenta que las modalidades del régimen OSS (One-Stop-Shop) determinan la forma de declaración:

  • Régimen de la Unión: Aplica a las empresas que venden bienes o servicios online a particulares de la UE y están establecidas en un país de la UE.
  • Régimen exterior de la Unión: Para aquellos que prestan servicios desde fuera de la UE hacia particulares dentro de la UE, sin tener un establecimiento en la Unión Europea.
  • Régimen de importación: Aplica a las empresas que venden bienes a particulares de la UE por valores inferiores a 150€ cuando los productos son importados de fuera de la UE.

Como en muchos otros casos en España, el modelo 369 se presenta solo de manera telemática, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. A continuación, tienes los pasos detallados para presentar el modelo 369:

1. Acceso a la Sede Electrónica de la AEAT

Debes entrar en la página de la Agencia Tributaria y acceder al apartado de IVA, específicamente a la sección del modelo 369. Para iniciar la presentación, necesitas disponer de un certificado digital válido o estar registrado en el sistema Cl@ve.

Si estás registrado en la ventanilla única (OSS), deberás seleccionar la opción correspondiente a tu régimen, recuerda, ya sea el Régimen de la Unión, Régimen exterior de la Unión, o el Régimen de importación.

2. Datos identificativos

Una vez dentro del formulario, deberás rellenar tus datos identificativos: Número de Identificación Fiscal (NIF), el ejercicio fiscal (el año al que corresponde la declaración), y el periodo de declaración (trimestre o mes, según el régimen aplicable).

En el caso de que no hayas tenido actividad durante el periodo, tendrás que marcar la casilla “Declaración sin actividad”, lo que implica que no hubo ventas o prestaciones de servicios sujetas a declaración en ese trimestre o mes.

3. Declaración de ingresos

El siguiente paso es declarar los ingresos obtenidos durante el periodo. Aquí es donde indicarás el total de ingresos recibidos por las ventas a particulares de otros países de la UE. Dependiendo de si los ingresos provienen de prestación de servicios digitales o de ventas de bienes, tendrás que especificar las cantidades correspondientes.

En cada operación, tendrás que desglosar la información por país y tipo de IVA. OJO, esto se hace línea por línea, indicando cada país donde se hicieron las ventas y el porcentaje del IVA aplicado en cada caso.

4. Base imponible y cuota de IVA

Dentro del formulario, tendrás que indicar la base imponible de cada operación, que es el importe total de las ventas sin incluir el IVA.

También deberás declarar la cuota de IVA, que es el importe del impuesto que corresponde a cada venta. La cuota de IVA se calcula aplicando el porcentaje de IVA del país del cliente sobre la base imponible. Hacienda se encarga de distribuir el IVA recaudado entre los países de la UE correspondientes.

5. Correcciones y ajustes

Si necesitas hacer correcciones a declaraciones de periodos anteriores, dispones de un apartado específico dentro del formulario para realizar rectificaciones. Tienes un plazo de hasta tres años para corregir los errores en las declaraciones anteriores. Tras dicho período de 3 años, solo podrán hacerse correcciones, si procede, poniéndose en contacto directamente con el Estado miembro de consumo afectado.

Las correcciones se indicarán en positivo (si necesitas aumentar la cuota declarada) o en negativo (si necesitas reducirla).

Firma y envío

Una vez hayas revisado todos los datos introducidos, deberás proceder a firmar electrónicamente el formulario utilizando tu certificado digital o la Cl@ve.

Al finalizar el proceso, se generará un justificante de presentación en formato PDF, que te recomendamos guardar como prueba de que has realizado la declaración correctamente.

Al final de este proceso, ya tendrás rellenado tu modelo 369, y podrás respirar más tranquilo. Recuerda que si necesitas ayuda con la gestión de facturas, por ejemplo para convertir tickets en facturas de canje o para recuperar IVA, ahí estará 60dias para ayudarte. Contáctanos si quieres probar alguno de nuestros servicios, sin compromiso.