La entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información (SII)

Con la inminente puesta en funcionamiento del nuevo sistema promovido por la Agencia Tributaria, el Suministro Inmediato de Información (SII), todavía hay empresas que pueden sentirse abrumadas por tener que resolver muchas incógnitas. En 60dias nos hemos preparado desde hace meses para ayudar a nuestros clientes a afrontar la entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información (SII) y cómo resolver sus requisitos de una manera eficaz evitando así que surjan sobresaltos.

Veámoslo en detalle a continuación.

En nuestro primer post sobre el SII ya incidíamos acerca de las necesidades de este nuevo sistema, cuáles eran sus requisitos y qué nos proporcionaba. En el siguiente post se detallaba la afección del SII a las facturas simplificadas o tiques. Ha llegado el momento de que describamos cómo 60dias puede ayudarle a resolver los nuevos requisitos del Suministro Inmediato de Información.

A raíz de la publicación del Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, surgió la duda acerca de si las facturas simplificadas o tiques de gasto que son deducibles en el Impuesto de Sociedades, pero no a efectos del IVA, debían incluirse en el Libro Registro de facturas recibidas. Pero esta pregunta ya tiene una clara respuesta: sí, el Libro Registro de facturas recibidas debe incluir los datos de las facturas simplificadas o tiques.

Imagínese el titánico esfuerzo que puede suponer para cualquier empresa afecta al SII extraer todos los datos de las facturas simplificadas o tiques de gasto para registrarlos en el Libro Registro de facturas recibidas. Y es que estamos hablando de todos los tiques de gasto que los trabajadores generan diariamente en el ejercicio de su actividad y que incluyen mensualmente en sus partes de gasto. Cualquier organización de mediano tamaño puede generar bastantes miles al cabo del año y las empresas de gran tamaño, hasta cientos de miles.

Uno de los servicios que ya está prestando 60dias a sus clientes consiste precisamente en recibir por su parte la totalidad de las facturas recibidas, tanto ordinarias como simplificadas, digitalizarlas y extraer la información necesaria para su entrega al cliente en los formatos exigidos, dando con ello cumplimiento a la mencionada obligación de información tributaria.

Pero 60dias, además, es especialista en la recuperación del IVA de los tiques de gasto de viajes profesionales. Si ya se han extraído los datos de las facturas simplificadas o tiques de gasto para cumplir los requisitos de la nueva legislación, la acción más lógica que seguiría a continuación sería recuperar el IVA de los citados tiques sustituyéndolos por facturas de canje. En este caso, 60dias también se encarga de aportar al cliente toda la información exigida por el SII, tanto la relativa a las facturas de canje recibidas, como la de las facturas simplificadas que han sido canjeadas y aquella otra información relativa a la emisión de las facturas por cuenta de un tercero.

El 1 de julio está a la vuelta de la esquina, pero no se preocupe por la entrada en vigor del Suministro Inmediato de Información (SII). Contacte con 60dias y le mostraremos cómo le podemos prestar el soporte necesario para poder dar cumplimiento a las obligaciones de información del SII, así como con la recuperación del IVA de sus tiques de gasto de viajes profesionales.

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