Como empresario que en su día a día emite facturas simplificadas, es posible que le haya surgido alguna vez una solicitud de factura de canje.
Este tipo de solicitudes son aquellas donde su cliente ha realizado un consumo en el establecimiento que gestiona y se ha llevado simplemente el ticket o factura simplificada del gasto. Pasado un tiempo, su cliente puede reclamar una factura completa de aquel.
Pues bien, como empresario tiene la obligación de realizarla y en el presente artículo, analizaremos las razones y motivos que amparan a sus clientes al hilo de esta cuestión.
Tiempo para solicitar una factura de canje
El plazo es de 4 años desde que usted entrega ese ticket o factura simplificada en su establecimiento.
Así lo establece la consulta DGT V2417-14:
“El Tribunal Económico Administrativo Central, en su Resolución de 19 de junio de 2002 (RG: 1890/1999) tiene declarado que ante la falta de un plazo específico para instar del sujeto pasivo la expedición de la correspondiente factura, que es distinto de los plazos que tiene para su remisión, el plazo para reclamar la misma debe ponerse en correspondencia, en función de la finalidad que se pretende, con la posesión de las facturas, es decir, ejercitar el derecho a la deducción, y puesto que el plazo de deducción es de 5 años (actualmente 4), ese será el plazo para instar la expedición de la referida factura, no expedida o que, expedida, no llegó a su destinatario”
Como aclaración, debe saber, que este tipo de facturas, no son consideradas rectificativas (art. 15.6 del Reglamento de Facturación), por lo que no va a poder aplicarle el plazo que se establece para ellas.
Los titulares de la solicitud de las facturas de canje
La factura puede solicitarla tanto la persona que ha utilizado tus servicios como empresario, o bien, hoy en día es habitual que la soliciten empresas externas dedicadas al servicio de recuperación de IVA, como es el caso de 60dias.
Conforme a lo establecido en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, podrán ser objeto de sustitución o canje por facturas en los supuestos previstos en el apartado 2 del artículo 2.
¿Que deben aportarte estas empresas externas para solicitarte la factura de canje?
Para poder solicitarle este tipo de facturas, estas empresas deben siempre y en todo caso, enviarle la siguiente documentación:
- Los tickets originales del servicio o en su defecto la copia digital certificada de los mismos.
- Autorizaciones de las empresas clientes que van a ser las destinatarias de la factura que usted va a emitir.
- Declaración de procedencia de los tickets, donde se responsabilicen del destinatario final de esa factura.
Efectos contables de la emisión de la factura de canje
Este tipo de facturas no tienen ningún tipo de implicación fiscal en su contabilidad. Al tratarse de ejercicios fiscales ya cerrados, simplemente está reconociendo un servicio prestado en su momento a estos clientes.
Las razones son las siguientes:
- No es necesario que toque su contabilidad, debido a que en su momento ya contabilizó ese servicio.
- No existe modificación de importe (base o IVA) por lo que no procederá ningún tipo de ajuste contable.
- Tampoco da lugar a ningún tipo de modificación por error en la factura. La factura emitida es una factura correcta. Simplemente reemplazará un documento original por uno nuevo, más completo y que refleja exactamente la misma.
Antes de elaborar este tipo de facturas te recomendamos leer este otro artículo: aspectos cruciales a la hora de emitir una factura de canje.
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