El 23 de junio de 2016 tuvo lugar el referéndum que determino la salida de Reino Unido de la Unión Europea. El ya famoso Brexit ha sacudido no solo al país británico, sino a todos sus vecinos, ya que su salida supone sustanciales cambios con respecto a los acuerdos comerciales que caracterizan a la UE. El proceso ha sido sumamente complicado, esto se ha reflejado en los 3 aplazamientos que ha sufrido el plazo original de 2 años para su salida.
Todo el proceso ha estado rodeado de incertidumbre, inclusive después de que se alcanzara el acuerdo el 31 de enero de 2020, durante el periodo de transición que acabo el 31 de diciembre de 2020. Las dudas han sido una constante para las empresas que mantuviesen alguna relación con el exmiembro de la EU. En este artículo aclararemos los principales puntos con respecto a la recuperación del IVA en Reino Unido tras el Brexit.
Gastos deducibles en Reino Unido
Antes de entrar en el Brexit es necesario conocer cómo funciona el IVA en el país y qué gastos son deducibles. El IVA en Reino Unido se conoce como “Value Added Tax”, normalmente denominado por sus siglas “VAT”. Existen 2 tipos distintos de IVA, el estándar que es del 20%, y el reducido del 5%. Si bien Reino Unido está formado por Gran Bretaña, Irlanda del Norte y sus aguas territoriales, a efectos de IVA la Isla de Man está considerada parte del país sajón, salvo por pequeños matices.
En relación a la deducibilidad, nos encontramos un país que favorece la recuperación del IVA en la gran mayoría de los gastos relacionados con la actividad empresarial. Los gastos de:
- Comidas, cafeterías, restaurantes y caterings.
- Alojamientos
- Carburantes: Diesel, gasolina y gas.
- Taxis.
- Peajes.
- Parkings.
- Publicidad, conferencias y formación.
Son 100% deducibles. Por otro lado encontramos en el ocio un caso especial, donde el gasto es 100% deducible siempre que sea de entretenimiento para empleados, mientas que para reuniones o entretenimiento con clientes no estaría sujeto a deducción. Por su parte, en el alquiler de vehículos, por lo general, solo se puede deducir el 50%, salvo que sea por menos de 10 días y no esté disponible para uso privado, en cuyo caso se puede recuperar en su totalidad.
Los gastos realizados en el territorio británico que están sujetos a deducción tienen un periodo de 4 años para realizar la reclamación.
Cambios en la recuperación del IVA tras el Brexit
Una vez se alcanzó el acuerdo el 31 de enero de 2020, se abrió un periodo de transición en el que no se hizo efectivo ningún cambio, y que termino el 31 de diciembre de 2020. Esta fecha es muy relevante, ya que supone un antes y un después en el proceso de recuperación.
Recuperación del IVA soportado en Europa para empresas establecidas en UK
Para los gastos realizados antes del 31/12/20, el proceso en el mismo que hasta ahora. La fecha límite para presentar la solicitud (del periodo de gracias) es el 31 de marzo de 2021, y será remitida al país correspondiente que decidirá sobre el caso.
Por otro lado, para la deducción de los gastos posteriores al 1/1/21 ya no se contará con el portal electrónico de la EU, por los que las empresas deberán adaptarse al procedimiento establecido por cada país.
Recuperación del IVA soportado en UK para empresas establecidas en EU
En el caso del IVA soportado anterior al 31/12/20, ocurre lo mismo que en EU, se sigue el proceso anterior con fecha límite del 31 de marzo de 2021, lo que debería suponer una prioridad para todas aquellas compañías que tengan gastos previos a esa fecha.
Después del 1/1/21 cambia la normativa y será necesario seguir un nuevo proceso para conseguir el reembolso del IVA para todas aquellas empresas que no están ni registradas, ni establecidas en UK.
Los límites de reclamación cambian. No existe una cantidad máxima de reclamación pero si establecen mínimos. Si la solicitud comprende un periodo menor a 12 meses y superior a 3 meses, el mínimo es de 130£ (antes 295£). Por otro lado la aplicación puede cubrir menos de 3 meses siempre que sea todo lo que quede del año prescrito, en cuyo caso el límite se reduce a 16£.
En cuanto al plazo, el año prescrito es de 12 meses y comprende entre el 1 de julio y el 30 de junio del año siguiente, por lo que las solicitudes deberán presentarse antes del 31 de diciembre, ya que cualquier reclamación se debe realizar con 6 meses de antelación.
En cuanto al proceso, la solicitud de deducción para empresas establecidas fuera de UK se deberá realizar a través del formulario “VAT 65 A”. La legislación permite el uso de un formulario similar siempre que este sea elaborado por una autoridad oficial y contenga la misma información y declaración que en el “VAT 65 A”.
También es necesario un certificado que acredite la actividad de la empresa, requerimiento que antes no era necesario. Siempre ha de presentarse el certificado original (no fotocopias), y debe contener:
- Nombre, dirección y sello oficial del organismo autorizador.
- Propio nombre y dirección.
- La naturaleza del negocio.
- Número de registro comercial.
El certificado puede adquirirse a través del formulario “VAT 66 A” y tiene una validez de 12 meses a partir de su fecha de emisión.
La solicitud la puede presentar un agente o tercero siempre que se disponga de un poder notarial o una carta de autorización. Además es posible que se necesite un representante en territorio británico, pero dependerá del acuerdo alcanzado con cada país.
El reembolso se hará efectivo en un plazo de 6 meses.
Irlanda del Norte
Irlanda del Norte supone un caso especial, ya que la adquisición de bienes entra bajo el Protocolo de Irlanda de Norte, lo que significa que se mantiene alineadas con las normas de IVA europeas, por su parte los servicios funcionan como en UK.
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