¿Te preguntas qué es el SII?
El Suministro Inmediato de Información, o SII, es un sistema implementado por la Agencia Tributaria en España para la gestión del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido). En esencia, es como un libro de contabilidad digital que las empresas deben llevar al día, actualizando y compartiendo la información de sus facturas con la Agencia Tributaria casi en tiempo real.
Esto permite a la Agencia Tributaria tener una visión más clara de las operaciones comerciales y le permite detectar cualquier posible fraude relacionado con el IVA.
Antes de que el SII existiera, las empresas debían presentar resúmenes periódicos de sus operaciones con IVA. Ahora, con el SII, deben enviar los detalles de sus facturas emitidas y recibidas en un plazo muy corto. Tal y como se explica en el folleto informativo oficial, el plazo suele ser de máximo 4 días hábiles después de emitir o recibir una factura.
Por tanto, la idea de este sistema es mejorar el control fiscal, a la vez que automatiza algunos procesos y puede servir como herramienta para que las empresas sean más eficientes a la hora de declarar, contrastando sus registros con los datos que tiene la Agencia Tributaria, reduciendo así errores y discrepancias.
Dado que en 60dias contamos con un servicio de comunicación al SII, sabemos muy bien cómo funciona este sistema. Si quieres saber más, sigue leyendo y te informaremos de todo lo que debes saber.
Lo primero, y tal vez más importante: ¿estás obligado a comunicar en tiempo real todas tus facturas?, veámoslo en el siguiente punto.
¿Quién está obligado a presentar el SII?
El SII es obligatorio para ciertos grupos de contribuyentes que deben liquidar el IVA de manera mensual. Este colectivo incluye:
- Grandes empresas: Aquellas cuya facturación anual supera los 6 millones de euros.
- Grupos de IVA: Empresas que forman parte de un grupo de IVA.
- Inscritos en el REDEME: Empresas registradas en el Régimen de Devolución Mensual del IVA.
Además de estos grupos, cualquier otro contribuyente que lo desee puede optar voluntariamente por este sistema. Eso sí, quienes elijan incorporarse al SII deben hacerlo conociendo que deberán mantenerse en él al menos durante todo el año natural para el que opten, y la solicitud para sumarse debe realizarse en noviembre del año anterior al que quieran que empiece a surtir efecto.
Ojo, porque no tiene por qué ser mala idea presentar tus facturas al SII. De hecho, tiene ciertas ventajas, como no tener que presentar ciertos modelos de IVA que son habituales en otros regímenes, como el modelo 347 o el modelo 390.
Además, permite un intercambio de información más fluido y automático con la Administración, lo que facilita el proceso de gestión del impuesto y te ayuda en la autoliquidación de IVA.
¿Cómo saber si estoy en el SII?
Para saber si estás incluido en el Suministro Inmediato de Información (SII), puedes seguir estos pasos:
- Consulta en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria: Accede a la página web de la Agencia Tributaria (AEAT) y utiliza tus credenciales para ingresar en tu espacio personal. Dentro de la sección de “Mis expedientes” o “Censos, NIF y domicilio fiscal”, podrás encontrar información sobre tu situación fiscal actual, incluyendo si estás registrado en el SII.
- Revisión de notificaciones: La Agencia Tributaria suele enviar notificaciones a los contribuyentes que están obligados a incorporarse al SII o que han optado por hacerlo de manera voluntaria. Revisa tu buzón electrónico de notificaciones de la AEAT o el correo físico por si hubieras recibido alguna comunicación al respecto.
- Consulta tu perfil de contribuyente: Dentro de la Sede Electrónica, también puedes acceder a una sección donde se detallan las obligaciones fiscales que tienes como contribuyente. Si el SII aparece listado entre tus obligaciones, eso significa que estás incluido en este sistema.
- Contacta con la AEAT: Si tienes dudas o no puedes acceder a la información a través de la web, puedes contactar directamente con la Agencia Tributaria. Puedes hacerlo a través de su número de atención telefónica, acudiendo personalmente a una de sus oficinas, o utilizando los servicios de consulta electrónica disponibles en su sitio web.
- Revisa tus obligaciones como contribuyente: Recuerda los criterios de obligatoriedad que te hemos comunicado más arriba. Si tu empresa cumple con alguno de estos criterios, es muy probable que ya estés incluido en el SII.
¿Qué pasa si no declaro en el SII?
Las sanciones por incumplir los requisitos del SII están estipulados en el artículo 200 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Estas son las tres principales sanciones que te podrían afectar:
- Por datos omitidos o incorrectos: Si dejas información fuera o la pones mal, la multa varía entre 150 y 6.000 euros. Esta sanción se calcula como el 1% del valor de lo que no hayas declarado correctamente, pero siempre asegurándose de que, como mínimo, te cobran 150 euros.
- Por no presentar o mantener los libros debidamente: Si no entregas los libros de registro que te piden o no los conservas como deberías, te pueden multar con el 1% de tu volumen de ventas del año fiscal al que se refiere la infracción. Aquí también hay un mínimo, y es que no te van a cobrar menos de 600 euros.
- Por entregar los libros tarde: Si te retrasas en enviar la información que te piden, te enfrentas a una multa que es el 0,5% del total de las facturas que entregaste fuera de plazo. Por cada trimestre que te retrases, la multa será de al menos 300 euros, pero puede llegar hasta 6.000 euros.
Como ves, es muy importante cumplir con el SII en caso de que estés obligado a comunicarlo. Veamos cómo debes hacerlo.
¿Qué información necesito incluir en el SII?
Para manejar correctamente el Suministro Inmediato de Información (SII) relacionado con el IVA, necesitas enviar ciertos datos a través de la web de la Agencia Tributaria. No se trata de subir facturas como tales, sino información específica sobre ellas. Aquí tienes, de forma sencilla, qué datos debes incluir tanto para las facturas que emites como las que recibes:
Para las facturas que emites
- Información básica: Número y serie de cada factura, las fechas de emisión y de la operación, datos del destinatario (nombre, razón social y NIF), y la base imponible, el tipo de IVA aplicado y la cuota tributaria.
- Tipo de factura: Especificar si es completa, simplificada, si la emite un tercero, o si se trata de recibos especiales como los de agricultura.
- Rectificaciones: Si corriges una factura, indica que es rectificativa y referencia la original o los cambios realizados.
- Descripción detallada de lo que vendes o el servicio que ofreces.
- Regímenes especiales: Si aplicas algún régimen especial de IVA, como el de caja, bienes usados, etc.
- Exenciones: Señalar si la operación está exenta de IVA.
- Otros detalles importantes, como la inversión del sujeto pasivo o cualquier otra información relevante por orden ministerial.
Para las facturas que recibes
- Información esencial: Información similar a la de las facturas que emites. Ten muy en cuenta el número de la factura recibida, las fechas de expedición y de la operación, junto con el nombre, razón social o denominación completa, y el número de identificación fiscal del emisor.
- Rectificaciones: Si recibes una factura que corrige otra, debes identificarla como rectificativa, incluyendo la referencia de la factura original o las modificaciones que se aplican.
- Descripción de las operaciones: Es importante detallar lo comprado o el servicio recibido.
- Regímenes especiales: Indica si la operación se encuadra dentro de algún régimen especial del IVA, como puede ser el de equivalencia, agencias de viajes, bienes usados (REBU), o el criterio de caja.
- Periodo de liquidación: Debes señalar en qué periodo de liquidación anotas la operación.
- Importaciones: En caso de tratarse de operaciones de importación, es necesario registrar la fecha en que contabilizas la operación y el número del documento aduanero correspondiente.
- Información adicional requerida: Cualquier otro dato con relevancia tributaria que se solicite por orden ministerial.
- Inversión del sujeto pasivo: Si se aplica la inversión del sujeto pasivo en la operación, también debe ser reportada.
- Cuota tributaria deducible: Para las facturas que permiten deducción de IVA, debes indicar la cuota tributaria que corresponde al periodo de liquidación.
Como ves, son muchos los detalles que necesitas comunicar con el SII.
Servicio para asegurar tu comunicación con el SII
Después de explorar en detalle qué es el SII y comprender su importancia en la gestión eficiente del IVA, es evidente que cumplir con estas obligaciones puede representar un reto para las empresas.
En 60dias, somos conscientes de estos desafíos y hemos diseñado un servicio especializado de comunicación al SII de facturas simplificadas, que ofrece la elaboración y transferencia de archivos XML acordes con las especificaciones de la Agencia Tributaria, garantizando una comunicación fluida y sin errores.
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